Cuando se habla de VeriFactu casi todo el mundo se centra en la parte técnica: la huella encadenada, el código QR, el envío a la Agencia Tributaria. Pero la pregunta que de verdad preocupa a autónomos y pymes es otra: ¿qué me pasa si no cumplo? La respuesta está en la Ley Antifraude, que introdujo en la Ley General Tributaria un régimen sancionador específico para el software de facturación, con multas fijas que no dependen de cuánto factures.
En esta guía repasamos qué dice exactamente la norma, quién puede ser sancionado, qué conductas se castigan y, sobre todo, cómo evitar cualquier riesgo sin complicarte la vida. Si todavía no tienes claro qué es VeriFactu, empieza por nuestra guía completa sobre VeriFactu y la Ley Antifraude y vuelve después aquí.
El origen de las multas: la Ley Antifraude y el artículo 201 bis
La Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, hizo dos cosas que conviene distinguir:
- Añadió una obligación: los sistemas informáticos que soportan los procesos contables, de facturación o de gestión deben garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros (artículo 29.2.j de la Ley General Tributaria).
- Creó una infracción específica para quien fabrique, comercialice o utilice sistemas que no cumplan esa obligación: el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.
Los detalles técnicos (qué es un registro de facturación, cómo se calcula la huella, qué contiene el QR) se desarrollaron después en el Real Decreto 1007/2023 y en la Orden HAC/1177/2024. Pero las sanciones no están en esos textos: están en la ley, y por eso tienen importes fijos y bastante contundentes.
Multa de 50.000 € para quien usa software no conforme
Es la sanción que afecta directamente a autónomos y empresas. El artículo 201 bis tipifica como infracción grave la tenencia de sistemas o programas informáticos que no se ajusten a los requisitos legales cuando:
- no estén debidamente certificados, teniendo que estarlo por disposición reglamentaria (en la práctica, sin la declaración responsable del fabricante), o
- se hayan alterado o modificado los dispositivos certificados.
La sanción es una multa pecuniaria fija de 50.000 € por cada ejercicio en que se haya producido la infracción. Tres matices importantes:
- No es proporcional a tu facturación. Un autónomo que emite veinte facturas al año se expone a la misma cifra que una empresa con miles. No existe una franquicia por volumen.
- Se calcula por ejercicio. Si el incumplimiento se mantiene varios años, la sanción puede repetirse en cada uno de ellos.
- Basta con la tenencia. La norma no exige demostrar que hayas defraudado: el simple hecho de usar un sistema no conforme cuando ya estás obligado es suficiente.
Multa de 150.000 € para fabricantes y comercializadores
La otra cara del artículo 201 bis apunta a quien produce o vende el software. Se sanciona con 150.000 € por cada ejercicio económico y por cada tipo distinto de sistema comercializado la fabricación, producción y comercialización de programas que permitan, entre otras conductas:
- llevar contabilidades distintas para una misma actividad (la clásica «doble contabilidad»);
- no reflejar, total o parcialmente, las anotaciones de las transacciones realizadas;
- registrar transacciones distintas de las anotaciones realizadas;
- alterar transacciones ya registradas incumpliendo la normativa;
- no cumplir las especificaciones técnicas que garantizan la integridad y trazabilidad de los registros;
- no certificar, cuando sea obligatorio, los sistemas fabricados o comercializados.
Que exista esta sanción para el fabricante no te protege como usuario. Son infracciones independientes: si tu proveedor vende un programa que no cumple, él responde por la suya y tú por la tuya. Por eso es tan importante saber elegir, algo que explicamos en detalle en cómo elegir un software VeriFactu.
Desde cuándo pueden sancionarte
La sanción al usuario solo puede imponerse cuando la obligación de usar un sistema adaptado ya es exigible para ti. El calendario se ha retocado varias veces, así que conviene separar lo que está claro de lo que debes comprobar:
- Fabricantes y comercializadores: desde el 29 de julio de 2025 solo pueden ofrecer productos adaptados al reglamento.
- Autónomos que tributan en IRPF y resto de obligados: la obligación se aplica a partir del 1 de julio de 2027.
- Sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades): tienen una fecha anterior a la de los autónomos. Como el calendario ha sido modificado en más de una ocasión, consulta la fecha vigente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria antes de planificar.
Quedan fuera los contribuyentes que ya llevan sus libros a través del Suministro Inmediato de Información (SII) y los territorios forales, que tienen sus propios sistemas (TicketBAI en el País Vasco y el sistema propio de Navarra), con su régimen sancionador específico.
Ojo: que la fecha de 2027 parezca lejana no significa que el riesgo sea cero hasta entonces. Cambiar de programa exige cerrar una serie de numeración, migrar clientes y rehacer plantillas. Hacerlo con prisas en junio de 2027 es exactamente el escenario en el que se cometen errores.
Situaciones reales que pueden acabar en sanción
La mayoría de autónomos no va a instalar un programa de doble contabilidad. El riesgo real está en prácticas cotidianas que, una vez vigente la obligación, dejan de ser aceptables:
Facturar con Excel, Word o una plantilla en PDF
Una hoja de cálculo no genera registros de facturación, no encadena huellas y permite modificar cualquier factura sin dejar rastro. Cuando la obligación te alcance, seguir facturando así te coloca fuera de la norma. Lo analizamos a fondo en ¿se puede seguir facturando con Excel o Word con VeriFactu?
Borrar o editar facturas ya emitidas
Con VeriFactu una factura emitida no se toca. Si hay un error, se anula mediante un registro de anulación o se corrige con una factura rectificativa. Un programa que te deja «arreglar» la factura original sin rastro es precisamente el tipo de sistema que la ley persigue.
Usar un programa sin declaración responsable
No existe una homologación oficial de Hacienda. La garantía es la declaración responsable que el fabricante debe incluir en el propio sistema. Si tu proveedor no puede mostrártela, o te responde con un vago «lo tendremos antes de la fecha», es una señal de alarma.
Versiones antiguas o instalaciones modificadas
Programas de escritorio que no se actualizan, plugins caseros añadidos a un ERP o scripts que modifican la base de datos pueden convertir un sistema conforme en uno alterado. La ley menciona expresamente la alteración de dispositivos certificados.
Cómo protegerte: lista de comprobación
Evitar la sanción es mucho más sencillo que enfrentarse a ella. Antes de que la obligación te sea exigible, revisa estos puntos:
- Confirma tu fecha de obligación según seas sociedad o persona física, y si estás en territorio común, foral o en el SII.
- Pide la declaración responsable de tu programa y comprueba que cubre la versión que usas.
- Decide la modalidad: con remisión automática a la AEAT (VeriFactu) o sin remisión, con más requisitos técnicos. Te ayudamos a decidir en VeriFactu o no VeriFactu: qué modo elegir.
- Comprueba el código QR de una factura de prueba con el servicio de cotejo de la Agencia Tributaria. Te explicamos cómo en cómo comprobar el QR de una factura VeriFactu.
- Revisa tu numeración: series correlativas, sin saltos ni reutilizaciones.
- Adopta el flujo de rectificativas para cualquier corrección y deja de editar facturas emitidas.
- Planifica la migración con margen, idealmente coincidiendo con el inicio de un trimestre para cuadrar sin sobresaltos el Modelo 303.
VeriFactu no es lo mismo que la factura electrónica B2B
Un error frecuente es mezclar dos obligaciones distintas. VeriFactu regula cómo se generan y conservan los registros de facturación para que no puedan manipularse. La factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece regula el formato y el intercambio de las facturas entre empresas y profesionales. Tienen calendarios, desarrollos reglamentarios y consecuencias propias. Las multas de 50.000 € y 150.000 € de este artículo corresponden al régimen de la Ley Antifraude, no a la factura electrónica B2B.
Además, el incumplimiento de las obligaciones generales de facturación (no expedir factura, emitirla sin los datos obligatorios, no conservarla) tiene su propio régimen en el artículo 201 de la Ley General Tributaria, independiente del artículo 201 bis. Cumplir VeriFactu no te exime de incluir las menciones obligatorias de una factura.
Cumple VeriFactu sin pensar en sanciones con Facturi
La forma más sencilla de eliminar el riesgo es no depender de procesos manuales. Facturi está diseñado para que cada factura cumpla los requisitos de VeriFactu desde el momento en que se emite:
- Genera los registros de facturación encadenados con su huella de forma automática.
- Incluye el código QR de cotejo en cada factura.
- Impide modificar facturas emitidas y guía las correcciones mediante facturas rectificativas.
- Mantiene la numeración correlativa por serie sin saltos.
- Te permite compartir el acceso con tu gestoría para que revise todo sin exportaciones manuales.
Si todavía facturas con plantillas o con un programa que no te ofrece garantías claras, prueba Facturi gratis y deja preparada tu facturación mucho antes de la fecha límite.
Preguntas frecuentes sobre las sanciones de VeriFactu
¿La multa de 50.000 € se aplica por cada factura?
No. Es una multa fija por cada ejercicio en el que se produzca la infracción, con independencia del número de facturas emitidas.
¿Me pueden sancionar ya si soy autónomo?
La sanción por tenencia de software no conforme solo puede aplicarse cuando la obligación te resulte exigible. Para los autónomos en territorio común está prevista a partir del 1 de julio de 2027. Hasta entonces, lo prudente es preparar la transición con calma.
Si mi proveedor de software no cumple, ¿la culpa es suya?
El proveedor responde por su propia infracción, pero eso no elimina la tuya como usuario. Por eso conviene exigir la declaración responsable antes de contratar.
¿Estas multas se aplican en el País Vasco y Navarra?
Los territorios forales tienen sus propios sistemas (TicketBAI en el País Vasco y el sistema propio de Navarra) y su propio régimen. Consulta la normativa de tu Hacienda foral.
Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. Las fechas de aplicación y los criterios de la Administración pueden cambiar: verifica siempre la información vigente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria o con tu asesor.