Si ya has recibido alguna factura con un pequeño código QR en la parte superior y la leyenda «VERI*FACTU», estás viendo el cambio más visible del nuevo reglamento de sistemas de facturación. Ese QR no es decoración: permite que cualquier cliente compruebe en segundos, con el móvil, si la factura que tiene en la mano consta en la Agencia Tributaria.
En esta guía explicamos qué es el código QR VeriFactu, qué datos contiene, dónde y cómo debe aparecer en tus facturas, cómo se comprueba una factura recibida y qué errores conviene evitar. Si todavía no tienes clara la normativa de fondo, empieza por nuestra guía completa de VeriFactu y la Ley Antifraude, que es el punto de partida de todo este tema.
Qué es el código QR tributario de VeriFactu
El Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), desarrollado por la Orden HAC/1177/2024, obliga a que las facturas expedidas con un sistema informático incluyan un código QR tributario. Su función es sencilla: enlazar la factura con el servicio de cotejo de la sede electrónica de la AEAT.
Al escanearlo, el receptor accede a una dirección de la Agencia Tributaria que ya lleva incorporados los datos identificativos de la factura. La AEAT responde si ese registro de facturación le consta o no. Es, en la práctica, un sello de trazabilidad que el cliente puede verificar por sí mismo, sin pedir nada al emisor.
Conviene no confundirlo con otros QR que ya circulan en facturas, como los códigos de pago o los enlaces a portales de clientes. El QR tributario tiene un contenido y un formato definidos por la normativa y solo sirve para el cotejo con Hacienda.
Qué información lleva dentro el QR
El QR no contiene la factura completa ni datos sensibles del cliente. Codifica una URL del servicio de cotejo de la AEAT con cuatro parámetros básicos:
- NIF del emisor de la factura.
- Número y serie de la factura.
- Fecha de expedición.
- Importe total de la factura.
Con esos cuatro datos la Agencia Tributaria puede localizar el registro de facturación correspondiente. Por eso es tan importante que el número, la fecha y el total que aparecen impresos coincidan exactamente con los que el programa ha registrado: cualquier discrepancia hará que el cotejo falle aunque la factura sea legítima.
Las especificaciones técnicas exactas (dirección del servicio, codificación de los parámetros, nivel de corrección de errores) las publica la AEAT en su documentación para desarrolladores. Como usuario no necesitas generarlo a mano: es responsabilidad del software de facturación.
Dónde y cómo debe aparecer en la factura
La orden ministerial fija unas reglas de presentación pensadas para que el QR se lea sin problemas en papel y en pantalla:
- Ubicación: al inicio de la factura, antes de su contenido principal, de forma que sea lo primero que se ve.
- Tamaño: la normativa establece un tamaño mínimo y máximo (del orden de 30 a 40 milímetros de lado) para garantizar su lectura con cualquier móvil.
- Estándar: se genera conforme a la norma ISO/IEC 18004 de códigos QR.
- Soportes: debe mostrarse tanto en la factura en papel como en su versión en PDF u otro formato visual que envíes al cliente.
Si imprimes tiques en impresora térmica o generas facturas simplificadas en un punto de venta, el QR también debe aparecer y ser legible. Es uno de los puntos que recomendamos probar antes de dar por bueno un programa, tal como detallamos en nuestra guía para elegir un software VeriFactu.
La leyenda «VERI*FACTU»: cuándo se imprime y cuándo no
El QR aparece en todas las facturas emitidas con sistemas informáticos, pero la leyenda que lo acompaña depende del modo en que funcione tu programa:
Facturas emitidas en modo VERI*FACTU
Si tu sistema remite automáticamente cada registro de facturación a la AEAT, la factura puede incluir la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o la mención abreviada «VERI*FACTU». Es la señal de que el registro ya ha sido enviado y que el cotejo debería devolver un resultado positivo casi de inmediato.
Facturas emitidas con un sistema no verificable
Si el programa trabaja sin remisión automática, la factura lleva igualmente el QR, pero no puede incluir la leyenda VERI*FACTU. En ese caso la Agencia Tributaria no tiene el registro en tiempo real, y el receptor que escanea el código puede, si lo desea, aportar los datos de la factura a la AEAT a través del mismo servicio.
Las diferencias prácticas entre ambos modos, y cuál conviene a cada perfil, las analizamos en VeriFactu o sistema no verificable: qué modo elegir.
Cómo comprobar una factura recibida paso a paso
Si eres autónomo o pyme, también recibes facturas de proveedores. Cotejarlas es rápido y gratuito:
- Escanea el QR con la cámara del móvil o cualquier lector de códigos.
- Abre el enlace: debe dirigir a un dominio oficial de la Agencia Tributaria (agenciatributaria.gob.es). Si te lleva a otra web, desconfía.
- Revisa los datos que muestra la página: NIF del emisor, número, fecha e importe deben coincidir con la factura.
- Lee la respuesta del servicio de cotejo: si la factura consta, verás la confirmación; si no consta, el propio servicio indica las opciones disponibles.
Que una factura no conste no significa automáticamente que sea fraudulenta. Puede tratarse de un sistema no verificable cuyos registros no se envían en tiempo real, de un envío que el programa del proveedor aún no ha completado por un problema de conexión, o de un error en los datos impresos. Ante la duda, lo razonable es consultar primero con el proveedor.
Errores frecuentes con el QR que conviene evitar
- Generar el QR con una herramienta genérica. Pegar un QR hecho en una web cualquiera en una plantilla de Word no te convierte en cumplidor: el código debe salir del sistema que registra la factura. Lo explicamos a fondo en facturar con Excel o Word con VeriFactu.
- Editar la factura después de emitirla. Si cambias el importe o la fecha en el PDF, el QR deja de coincidir con el registro. Los errores se corrigen con una factura rectificativa, que genera su propio registro y su propio QR.
- Reducir o recortar el código al maquetar la plantilla o al imprimir en formatos pequeños, lo que impide leerlo.
- Imprimir la leyenda VERI*FACTU sin enviar los registros. Solo pueden llevarla las facturas de sistemas que realmente remiten a la AEAT.
- Olvidar el resto de requisitos. El QR se suma a los datos obligatorios de siempre: NIF, numeración correlativa, desglose de IVA, etc. Repasa la lista completa en requisitos legales de una factura en España.
Plazos: desde cuándo es obligatorio el QR
El QR es obligatorio desde el momento en que te alcanza la obligación de usar un sistema de facturación adaptado al reglamento. Para los autónomos que tributan en IRPF, la fecha de referencia es el 1 de julio de 2027; las sociedades del Impuesto sobre Sociedades tienen un calendario anterior. Como el calendario de VeriFactu ya se ha modificado en más de una ocasión, te recomendamos confirmar siempre la fecha vigente en la sede electrónica de la AEAT antes de planificar tu cambio de programa.
Nada impide adelantarse: muchos autónomos ya emiten facturas con QR porque su cliente, normalmente una empresa, lo valora como señal de un proveedor en regla.
Preguntas frecuentes sobre el QR VeriFactu
¿El QR sustituye a la firma o al sello de la factura?
No. Es un mecanismo de trazabilidad frente a la AEAT, no una firma. En modo no verificable, además, el sistema debe firmar electrónicamente los registros de facturación internamente.
¿Puede mi cliente ver mis otras facturas escaneando el QR?
No. El servicio de cotejo solo responde sobre la factura concreta identificada por los cuatro datos que contiene el código.
¿Las facturas a clientes extranjeros también llevan QR?
Sí, si se expiden con un sistema sujeto al reglamento, el QR forma parte de la factura con independencia de dónde esté el cliente.
¿Es lo mismo que la factura electrónica obligatoria B2B?
No. La factura electrónica entre empresas de la Ley Crea y Crece regula el intercambio en formato estructurado; el QR pertenece al reglamento VeriFactu. Te lo explicamos en factura electrónica obligatoria: qué cambia.
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