El importe que ingresas cada trimestre a través del Modelo 130 depende directamente de tu rendimiento neto: cuanto mayor sea, mayor será el pago. La forma legal de reducir ese pago es registrar y justificar todos los gastos deducibles de IRPF a los que tienes derecho. En esta guía repasamos cuáles son y qué condiciones se exigen para cada categoría.

¿Qué gastos son deducibles en el IRPF del Modelo 130?

A diferencia del IVA — donde la deducibilidad gira en torno a la factura — en el IRPF el criterio principal es que el gasto sea necesario para obtener los ingresos de la actividad. La AEAT exige que estén debidamente justificados y correctamente contabilizados.

1. Cuota de autónomos (RETA)

La cuota mensual de la Seguridad Social que pagas como autónomo es 100% deducible como gasto de actividad en el IRPF. En 2026, la cuota del RETA oscila entre aproximadamente €225 y €530 al mes según tu tramo de ingresos netos estimados.

En términos anuales, esto supone entre €2.700 y €6.360 de gasto deducible — uno de los más importantes para la mayoría de autónomos.

2. Alquiler del local u oficina

Si alquilas un local o espacio de trabajo exclusivamente para tu actividad, el importe íntegro del alquiler (sin IVA, que ya se deduce en el Modelo 303) es deducible en el IRPF. Si trabajas desde casa y tienes un espacio dedicado exclusivamente a la actividad, puedes deducir la proporción del alquiler o hipoteca correspondiente a ese espacio (metros cuadrados del despacho / metros cuadrados totales de la vivienda), aunque este punto es conflictivo con la AEAT y conviene documentarlo bien.

3. Suministros del local

Electricidad, agua, gas e internet del local de trabajo son deducibles al 100%. Si trabajas desde casa y deduces la proporción del alquiler, también puedes deducir el 30% de los suministros correspondientes a esa proporción (criterio del art. 30 LIRPF). La fórmula es: % superficie de la vivienda afecta × 30%.

4. Gastos de personal

Si tienes empleados, los sueldos, las cuotas patronales a la Seguridad Social y los gastos de contratación son totalmente deducibles. Estos gastos suelen ser los más elevados para autónomos que han crecido y tienen un pequeño equipo.

5. Material, consumibles y suministros de la actividad

Todo el material directamente consumido en la actividad: materias primas, papel, tinta, envases, herramientas de trabajo. Deducible al 100% con factura justificativa.

6. Servicios profesionales externos

Honorarios de asesores, gestores, abogados, diseñadores, traductores, programadores y cualquier otro profesional que contrates para tu actividad. Deducibles al 100%.

7. Publicidad, marketing y comunicación

Gastos en publicidad online (Google Ads, Meta Ads), creación de contenidos, diseño de marca, fotografía comercial, presencia en ferias y eventos relacionados con la actividad. Deducibles al 100%.

8. Formación y actualización profesional

Cursos, talleres, libros, revistas especializadas, suscripciones a plataformas de aprendizaje directamente relacionadas con tu actividad. Deducibles al 100%.

9. Amortización de activos

La compra de equipamiento, maquinaria, mobiliario o vehículos no se deduce íntegramente el año de compra — se distribuye a lo largo de su vida útil mediante las tablas de amortización de la AEAT:

  • Ordenadores y equipos informáticos: 25% anual (vida útil 4 años)
  • Maquinaria general: 12% anual (vida útil 8 años)
  • Mobiliario: 10% anual (vida útil 10 años)
  • Vehículos: 16% anual (vida útil 6 años)

En estimación directa simplificada, existe una amortización acelerada para elementos de inmovilizado nuevo: puedes amortizarlos al doble del coeficiente máximo establecido en las tablas.

10. Gastos financieros

Intereses de préstamos utilizados para financiar la actividad económica (no préstamos personales) y comisiones bancarias de la cuenta de actividad. Deducibles al 100%.

11. Seguros de la actividad

Seguro de responsabilidad civil profesional, seguro del local o de equipos de trabajo, seguro de accidentes si está directamente vinculado a la actividad. Deducibles al 100%.

Gastos con deducción limitada

  • Vehículo mixto — en el IRPF, la deducibilidad del vehículo de uso mixto es aún más restrictiva que en el IVA. La AEAT solo acepta la deducción plena si el vehículo está afecto exclusivamente a la actividad (prueba muy difícil), por lo que muchos asesores recomiendan solo deducir el porcentaje real de uso profesional documentado.
  • Dietas y gastos de manutención — deducibles hasta ciertos límites diarios exentos de IRPF: €26,67/día en España o €48,08/día en el extranjero (sin pernocta); el doble con pernocta. Exigen justificación del desplazamiento.
  • Atenciones a clientes y proveedores — deducibles hasta el 1% del importe neto de la cifra de negocios del período impositivo.

La reducción del 5% por gastos de difícil justificación

En estimación directa simplificada, puedes aplicar una reducción del 5% sobre el rendimiento neto previo en concepto de "gastos de difícil justificación." Esta reducción es automática — no necesitas documentar los gastos — y con un máximo de €2.000 anuales. Se aplica directamente en el cálculo del Modelo 130 restándola antes de multiplicar por el 20%.

Cómo registra Facturi tus gastos para el Modelo 130

En Facturi puedes registrar cada gasto de actividad indicando su categoría (suministro, material, servicio profesional, amortización…) y el importe neto deducible de IRPF. Al preparar el Modelo 130 de cada trimestre, el sistema calcula automáticamente el rendimiento neto acumulado restando todos los gastos registrados de los ingresos del período, lo que te da directamente la base sobre la que aplicar el 20%.